El Ministerio de Salud de Colombia estableció nuevas reglas para aquellos medicamentos que ingresen al país. El decreto 433 -que establece que los productos serán clasificados según su valor terapéutico- fue solicitado a revisión por la AFIDRO, que expresó su discordancia acerca de varios puntos clave.

La semana pasada, el Ministerio de Salud de Colombia firmó un decreto a partir del cual estableció las nuevas reglas que deberán cumplimentar las empresas a fin de importar medicamentos a dicho país. Ver decreto.

En este marco, la AFIDRO, la cámara que nuclea a los laboratorios multinacionales en Colombia, solicitó la revisión de esta decisión que tendría vigencia desde diciembre del 2018Ver comunicado.

El presidente de la entidad, Gustavo Morales expresó su descontento en función de que el gobierno no tuvo en cuenta las sugerencias que los diferentes representantes de la industria farmacéutica presentaron antes de la publicación del decreto.

También, explicó que apoya el concepto de que «los precios de los medicamentos se basen principalmente en el valor terapéutico que ofrecen a los pacientes y respalda, además, el fortalecimiento del proceso de evaluación de tecnologías en salud».

Sin embargo, Morales puntualizó que esto no debería condicionar el proceso de obtención de registros sanitarios ante el INVIMA. Y criticó que se expidiera el documento sin que aún esté claro cómo se desarrollará la evaluación tecnológica y qué criterios utilizará la Comisión Nacional de Precios para fijar los montos de los medicamentos.

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