El estado de Emergencia Sanitaria Nacional fue prorrogado por el gobierno hasta el 31 de diciembre del 2019. Hasta entonces, todo importador estará exento del pago de impuestos para ciertos productos críticos de Farma.

El gobierno extendió la vigencia del estado de Emergencia Sanitaria Nacional hasta el 31 de diciembre del 2019.

De modo que ahora, hasta el último día del próximo año todo importador, público o privado seguirá exento del pago de derechos de importación. También de todo otro impuesto aduanero o portuario, para ciertos productos críticos destinados al diagnóstico y al tratamiento de la salud. Ver listado de productos.

Pharmabiz consultó a Alejandro Louzao, director comercial de Alcomex, quien detalló a este medio que el gobierno determinó la prórroga de la emergencia sanitaria en un ítem específico del presupuesto para el 2018. Fue a través del artículo nº 113 de la Ley nº 27.431, que fue promulgada el martes 2 de enero. Ver ley.

A su vez, explicó que era una medida esperada por el sector, que hasta último momento descreía de la renovación de este status que comenzó en el 2002 y fue prorrogado ininterrumpidamente.

Asimismo, Louzao, experto en Comercio Exterior, se refirió al status general de las importaciones del sector. Puntualizó por caso, que hacia finales del 2017 la implementación de los trámites a distancia, -TAD-, también llegó al sector aduanero y agilizó varios procesos.

El titular de Alcomex también detalló a Pharmabiz que en los primeros días del 2018 se estableció la Incorporación de la VI Enmienda a la Nomenclatura Común del Mercosur, que modifica las posiciones arancelarias de productos del sector químico, textil, metalúrgico, entre otros. Louzao explicó que en el pasado muchos de esos aranceles eran renegociados por fuera de la nomenclatura, y que ahora se buscó una clasificación uniforme. De modo que varios productos que tenían ciertos beneficios arancelarios lo perdieron. Ver comunicado.

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