La pandemia del COVID-19 marcó un antes y un después respecto de las prácticas de la atención médica. Las interacciones remotas pasaron a ser ampliamente aceptadas tanto por profesionales como por pacientes y hoy ya se incluyen en todas las instituciones. Hoy, el Ministerio de Salud de la Nación le dio un marco a la actividad mediante las buenas prácticas para la teleconsulta.

El Ministerio de Salud de la Nación emitió una nueva normativa que apunta a encuadrar a la atención médica a distancia, la que se aceleró y consolidó por el aislamiento obligatorio durante la crisis del coronavirus.

En consonancia con las prácticas que rigen en el sector, el que debe seguir numerosas guías, tales como las Buenas Prácticas de Manufactura –GMP-, y las Buenas Prácticas de Distribución –GDP-, la cartera sanitaria oficializó hoy las Buenas Prácticas para la Teleconsulta. Las mismas se convertirán en un instrumento legal de referencia a efectos de ejercer la telemedicinaVer resolución

En el documento que cobró vigor, la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti trazó una línea del tiempo. Dejó explicitado que en el año 2012 el Estado Nacional comenzó a trabajar en temas de “Cibersalud”. Y detalló que, para ello, se diseñó una red de colaboración entre establecimientos de salud públicos de todo el país, denominados nodos al interior de la red. Luego, en el 2014, se desarrolló una Estrategia de despliegue Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación. Los mismos surgieron con el objetivo de consolidar los nodos de la red mencionada y luego dicha plataforma pasó a denominarse TelesaludVer documento

En la Resolución 581 de hoy, se subraya que en abril del 2020 la Red Federal de Telesalud llegó a las personas con cobertura pública exclusiva a través del Programa Tele-Covid. De modo que, por primera vez, desde un celular u otro dispositivo móvil y a través de una videollamada, fue posible acceder a una consulta médica, programar una visita domiciliaria especializada o solicitar un traslado a un hospital.

Posteriormente, en el mes de mayo del 2020, la Subsecretaría de Integración de los Sistemas de Salud y Atención Primaria conformó la Mesa Federal de Salud Digital, a efectos de generar relaciones con los referentes de la Salud Digital de cada provincia, a fin de federalizar cada vez más las políticas en Salud Digital. Ver artículo IOMA-PAMI / Ver artículo ACTRA

Ahora, y con este nuevo marco legal, las instituciones de salud cuentan con una amplia lista de parámetros técnicos que deben cumplimentar. Por caso, quedó definido que la teleconsulta puede ser asincrónica o sincrónica. De modo que puede realizarse en tiempo diferido o en tiempo real. Las teleconsultas también pasaron a clasificarse en llamada de primera o de segunda opinión. En esta última, los que se reúnen de forma virtual son dos o más profesionales de la salud sin la presencia del paciente.

A partir de esta nueva normativa se establece que todos los integrantes del equipo de salud que intervengan en actividades no presenciales de telemedicina y teleconsulta deben realizar una capacitación acorde. En sintonía, las instituciones sanitarias tendrán que desarrollar actividades de acreditación o certificación de sus servicios a fin de garantizar los pertinentes procesos de mejora.

Se aclara, además, que las teleconsultas deben ser privadas y confidenciales. Por lo cual, se indica que la privacidad debe mantenerse en todo momento considerando los riesgos específicos que existen cuando se utiliza la telemedicina. Por lo tanto, se recomienda desarrollar procedimientos apropiados para minimizar dichos riesgos. También se determina que la privacidad y confidencialidad debe ser bidireccional. De modo que, si se observa otro integrante que acompaña al paciente debe ser aclarado. Tampoco corresponde una tercer cámara o dispositivo grabando o filmando la sesión.

Se detalló que se consultó a un amplio abanico de instituciones a fin de generar este listado de prácticas. Figuran la Asociación de Telemedicina de la República Argentina (ACTRA); el Instituto Técnico para la Acreditación de Establecimientos de Salud (ITAES); la Cámara de Instituciones de Diagnóstico Médico (CADIME); la Sociedad Argentina de Medicina (SAM); la Sociedad Argentina de Cardiología (SAC); la Asociación Argentina de Psiquiatras (AAP); y la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP), entre otras.

En la Resolución publicada hoy se hace mención a la Resolución 189 del 2018, por medio de la cual se aprobó la Estrategia Nacional de Salud Digital 2018-2024. También se nombran la Resolución 432 de 1992; la n° 856 del 2017; y la n° 189 del 2019.

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