La Dirección de Normativa Laboral del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, estableció el tope indemnizatorio correspondiente a un acuerdo suscripto entre los gremios de APMs y las cámaras de laboratorios farmacéuticos. Todo en el marco de la ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.

El Ministerio de Trabajo, que tiene al frente a Raquel «Kelly» Kismer de Olmos, emitió una nueva resolución para fijar los topes indemnizatorios sobre un acuerdo salarial homologado por los agentes de propaganda médica. Esto, a través de la Disposición 96/23 de la Dirección de Normativa Laboral encabezada por Jorge TitiroVer disposición 96

El tope indemnizatorio resultante que responde al acuerdo salarial validado recientemente por la Federación Argentina de Agentes de Propaganda Medica y la Asociación Agentes de Propaganda Medica de la República Argentina y las cámaras empresarias CILFACAEMe COOPERALA; es de $767.355 (u$s 3.896,6). El mismo tiene vigencia hasta noviembre de este año inclusive. Ver Anexo.

Según lo establece el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la cartera laboral debe publicar los promedios de remuneraciones sobre los cuales se fijan los topes indemnizatorios cada vez que se firma un acuerdo salarial.

u$s 1 =$196,93 (Cotización BCRA al mie 08/02/2023 – cierre)

 

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