La Dirección de Normativa Laboral del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, estableció el tope indemnizatorio correspondiente a un acuerdo suscripto entre la Federación de Asociaciones de Trabajadores de la Sanidad Argentina y la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM). Todo en el marco de la ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744.

El Ministerio de Trabajo, que tiene al frente a Raquel «Kelly» Kismer de Olmos, emitió una nueva resolución para fijar los topes indemnizatorios sobre un acuerdo salarial homologado por los trabajadores de las entidades mutuales de salud. Esto, a través de la Disposición 175/23 de la Dirección de Normativa Laboral encabezada por Jorge Titiro. Ver Disposición 175.

El tope indemnizatorio resultante vigente a partir del 1° de marzo que responde al acuerdo salarial validado recientemente por la FATSA y la Confederación Argentina de Mutualidades (CAM) es de $475.265,01 (u$s 2.146,1). Para los trabajadores que residen en la zona patagónica el mismo fue fijado en $570.318,03 (u$s 2.575,3). Ver anexo.

La Confederación Argentina de Mutualidades es una organización gremial de tercer grado que agrupa a 40 federaciones​ que aglutinan a más de 3.000 mutuales en todo el país. Entre ellas se encuentra la Federación Argentina de Mutuales de Salud (FAMSA), que nuclea a 37 instituciones que brindan cobertura médico-asistencial a más de 1,2 millón de personas.

Según lo establece el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, la cartera laboral debe publicar los promedios de remuneraciones sobre los cuales se fijan los topes indemnizatorios cada vez que se firma un acuerdo salarial.

u$s 1 =$221,46 (Cotización BCRA al mie 12/04/2023 – cierre)

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