En Perú, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) definió como «barrera burocrática» a la prohibición para vender víveres en las farmacias. Por eso, las cadenas de ese país podrán comercializar estos productos empaquetados en sus puntos de ventas. Además, también se avaló la posibilidad de brindar servicios de consultas médicas en las farmacias.

La actividad de las farmacias está fuertemente regulada en la Argentina y en toda la región. Y en esta parte del 2024 se dio un paso en pos de desburocratizar la operación en estos puntos de venta en Perú.

El INDECOPI emitió la resolución 0102-2024/SEL-INDECOPI en la que se señala que la prohibición de vender víveres en las farmacias es una «barrera burocrática«. Esto también abarca a la prohibición de brindar servicios de consultas médicas. Ver comunicado

De esta manera, el instituto habilita a las empresas Mifarma; Botica IP; y Jorsa de la Selva a realizar estas actividades en sus sucursales, algo que hasta el momento estaba prohibido.

En particular se detalla que estas barreras son «carentes de razonabilidad«, ante un reclamo de las tres compañías. El listado de productos y servicios complementarios no autorizados en farmacias, boticas, farmacias de establecimientos de salud y botiquines está enumerado en el literal A. del Anexo de la Resolución Directoral 006-2015-DIGEMID-DG-MINSAVer Resolución productos no autorizados

En paralelo, el Ministerio de Salud de Perú aclaró que la nueva resolución es contraria a la normativa vigente, que tiene como objetivo «garantizar que los productos farmacéuticos que se dispensan en las farmacias y boticas no se vean afectados en su calidad y seguridad«. Además, se agrega que «el Minsa actuará en el marco de sus competencias y en salvaguarda de la salud de todos los peruanos».

 

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Florencia Lippo
Redactora multimedial [email protected]

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