El Ministerio de Salud de la Nación determinó nuevas obligaciones de cara al funcionamiento de los Centros de VacunaciónVer resolución. 

Los vacunatorios Stamboulian, Socolinsky y Vacunar deberán adecuarse a la nueva normativa. Las medidas parecieran responder a las demandas del retail de farmacia.

De modo que, ningún vacunatorio se salvará de atenerse a estos requisitos, incluso aquellos que cuenten con la habilitación vigente.

Todos deberán adecuarse en un plazo no mayor a 90 días a estos cambios.

¿Las novedades de este nuevo marco para los vacunatorios? Los centros deberán contar con un plan de contingencia ante cortes de luz. Antes sólo se exigía contar con grupo electrógeno.

Acorde a los nuevos tiempos -ya que la anterior normativa para vacunatorios data de 20 años atrás-, el registro nominal de las dosis aplicadas deberá ser informatizado en el momento o de manera diferida en caso de no ser posible. Antes sólo era obligatoria una estadística mensual.

La normativa contempla principalmente los nuevos tiempos y el escenario actual de cortes de luz. El anterior marco reglamentario databa de 20 años atrás.

¿Otro de los cambios contenidos en la resolución 2077? El registro de control de temperatura debía en el pasado realizarse cada 6 horas y con estas modificaciones se deberá revisar cada 12.

La nueva normativa que deja sin efecto la Resolución Secretarial N° 67 del año 1995, subraya que «la preparación de recetas y despacho y venta al público de drogas, medicamentos y especialidades farmacéuticas en todo el territorio de la Nación, solamente podrá ser efectuada en las farmacias». Ver resolución.

De modo que los vacunatorios sólo podrían comercializar las vacunas que se apliquen allí. No podrían despacharlas para que sean aplicadas fuera de dichos establecimientos.

Los centros de vacunación también deberán colaborar con los operativos nacionales y provinciales de vacunación, y la normativa especifica que la aplicación en todos los casos deberá ser gratuita.

Otro cambio que se introdujo está relacionado con la superficie de la sala de espera. Antes no podía ser inferior a 9 m2, mientras que ahora debe ser «acorde a la capacidad de atención».

En cuanto a la entrada del vacunatorio, en el pasado se exigía acceso directo desde la calle. Ahora sólo se pide «una adecuada accesibilidad».

También se simplificaron las obligaciones relativas al personal. Antes se pedía una enfermera profesional más un auxiliar. Ahora se generaliza a personal de enfermería.

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