Entró en vigencia la normativa bautizada «Precios Transparentes» que obliga a los comercios minoristas a diferenciar los precios de contado y los financiados. Las farmacias no son la excepción.

La Secretaría de Comercio, encabezada por Miguel Braun, puso en vigencia la resolución 51-E que obliga a los comercios minoristas a exhibir sus precios diferenciándolos de acuerdo a los tipos de pagos.

Con esta flamante normativa de la era Macri, los puntos de venta deben mostrar los rangos de precios al contado, y cómo varían los mismos en caso de que la compra se salde en cuotasVer disposición.

El objetivo de esta medida que entró en vigor el 1 de febrero, según lo explicaron oficialmente es que, los precios en un solo pago vayan a la baja y con ello se beneficie al consumidor.

Si bien en el canal farmacia no se realiza un gran volumen de transacciones en cuotas la normativa las incluye.

A 10 días de su puesta en marcha, el sector minorista ha expresado lo difícil que se torna aplicar esta exigencia administrativa, al tiempo que no le termina de quedar clara su implementación. Y las farmacias, claro no son la excepción. Si bien hacen todo lo posible para no ser catalogadas como comercios, no son ajenas a esta normativa.

A pesar de que no es muy corriente que en el canal se realicen un gran volumen de transacciones en cuotas, por ahora no se ven vidrieras con la exhibición en los términos exigidos.

En agosto del año pasado el sector de farmacias se había sumado a un proyecto impulsado por la Confederación Argentina de la Mediana Empresa, CAME, para ponerle un tope del 1.5% a las comisiones de los plásticos. Ver artículo.

Cabe destacar que estas nuevas reglas incluyen multas de entre $100 y $5 millones a los comerciantes que no cumplansegún lo dispuesto por la ley 24.240 de Defensa del Consumidor. Ver ley.

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