A través de un decreto, el presidente Alberto Fernández aprobó la esperada reglamentación de la ley 26.270 y su modificatoria 27.685, que buscan promover el desarrollo local de la biotecnología moderna y la nanotecnología. Con los últimos cambios introducidos en el Congreso en septiembre pasado, el nuevo marco jurídico empezará a regir desde este jueves 29 de diciembre.

Una de las rúbricas más ansiadas en el sector de biotecnología llegó finalmente sobre el cierre del año. El presidente Alberto Fernández promulgó este miércoles 28 de diciembre el decreto 853/2022 que reglamenta la ley de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología. Ver decreto 853/2022.

La ley 26.270 de Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna fue originalmente sancionada en julio de 2007. En septiembre de este 2022, el texto original fue modificado por la ley 27.685, que pasó a denominarse de Promoción del Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna y la Nanotecnología. Ver Biotecnología: se promulgó ley.

El nuevo texto sancionado este año por el Congreso prorrogó hasta el31 de diciembre del 2034 el Régimen de Desarrollo y Producción de la Biotecnología Moderna amplía el alcance de la ley 26.270 al campo de la Nanotecnología. La norma modificó también los beneficios fiscales para ambos sectores para que sean compatibles con la ley de Economía del Conocimiento.

Asimismo, otorgó beneficios a las empresas que realicen inversiones en proyectos innovadores en esta industria; y creó el Registro Nacional para la Promoción de la Nanotecnología. El documento estipuló, a su vez, que quienes accedan al régimen de promoción podrán obtener beneficios de amortización acelerada del Impuesto a las Ganancias en una cuota, devolución anticipada del IVA y el otorgamiento de un bono de crédito fiscal correspondiente al 50% de los gastos pagados destinados a las contrataciones de servicios de investigación y desarrollo (I+D) con instituciones del Sistema Público Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Ver anexo.

Según pudo saber Pharmabiz, el sector recibió con beneplácito la reglamentación, principalmente porque otorga más detalles de cómo se pueden tomar los beneficios de la ley 26.270, entre los que se destacan la amortización acelerada de los bienes del proyecto; la devolución del IVA de esos bienes en forma de pago a cuenta de otros tributos o devolución en sí y un bono de crédito fiscal del 50% en los servicios técnicos con algunas instituciones.

En relación a la amortización acelerada, la norma establece que será en una única cuota, aplicable al año en que se aprobó la solicitud. Si el bien ya tenía una parte amortizada, esta se tomará por el saldo restante. En el caso de enajenación y reemplazo de un bien, la amortización será por el importe del costo resultante. La ley reglamentada establece beneficios para proyectos de investigación y/o desarrollo (Art. 6) como para aquellos destinados a la producción de bienes y/o servicios (Art. 7).

Biotecnología: se promulgó ley

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Christian Atance
Periodista especializado en finanzas y mercado de capitales.

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