Hoy, miércoles 28 de enero de 2015, tomó forma en el Boletín Oficial la ley 27.113, que crea la flamante Agencia Nacional de Laboratorios Públicos (ANLAP). Ver ley.

Esta nueva agencia tiene por objetivo dar cumplimiento a lo expresado en la ley 26.688, sancionada en 2011 (ver artículo) y reglamentada en julio pasado.  Ver artículo.

Una de las atribuciones de la agencia será «llevar el registro de laboratorios de producción pública».

Según indica el texto de la ley, la agencia  estará dirigida y administrada por un directorio integrado por tres miembros, cuyos mandatos durarán cinco años. Los mismos serán designados por el Poder Ejecutivo Nacional, uno de ellos a propuesta del COFESA.

La ley 26.688 determina que serán considerados laboratorios de producción pública los que pertenecen al “Estado nacional, provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de las Fuerzas Armadas y de las instituciones universitarias de gestión estatal”. Ver ley.

Hasta el momento existe una gran disparidad entre el tamaño y características de cada laboratorio. También el tipo de prestaciones y complejidad de medicamentos que están autorizados para elaborar.

Algunos de los principales laboratorios públicos están consignados en el cuadro que figura debajo.

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