Tarde pero llegó. La ANMAT suspendió la habilitación de la droguería Alfarma, y parte del ecosistema Ramallo, para el tránsito interjurisdiccional. El organismo también le instruyó sumario sanitario a la firma con sede en Rosario, Santa Fe

La ANMAT suspendió recién hoy la habilitación otorgada a la droguería Alfarma, con domicilio en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a efectos de efectuar tránsito interjurisdiccional de medicamentos. La autorización, a la empresa que es parte del ecosistema Ramallo y propiedad de Ariel García Furfaro, había sido otorgada por la Disposición ANMAT N° DI-2024-4854. Ver Boletín Oficial

En simultáneo, el organismo le instruyó sumario sanitario a la empresa. Todo fue por la presunta infracción a los incisos 1.2.8.g. del Capítulo 1, inciso 2.3.5. del Capítulo 2, inciso 3.2.1. del Capítulo 3, e inciso 6.2.6. del Capítulo 6 de la Disposición ANMAT 2069 del año 2018 que aprueba las Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos. En sintonía, también le llegó el sumario sanitario al DT, Fernando Enrique Duris. Ver Dispo 2069/18

Esta suspensión llega casi exactamente un mes después de que fuera inhibido el tandem conformado por el laboratorio Ramallo y el laboratorio HLB Pharma, ambos propiedad de Ariel García Furfaro. Ver Inhibición Ramallo

Las medidas contra Alfarma surgieron luego de que se realizara una inspección de Verificación de Buenas Prácticas de Distribución. La misma fue en conjunto con inspectoras del Ministerio de Salud de la provincia de Santa Fe. Dicha comisión inspectora fue recibida por Oscar Ruffinengo, en carácter de apoderado de la firma y por el Director Técnico.

Se informó que durante la inspección se observaron incumplimientos a las Buenas Prácticas de Distribución, las que surgen de la disposición ANMAT 2069 del año 2018. Por caso, se carecía de documentación de distribución que avalara los movimientos informáticos visualizados en el sistema de gestión para productos que le fueron solicitados. A su vez, al consultar sobre la documentación de distribución en general, la firma expresó carecer de la totalidad de la documentación de distribución en el establecimiento al momento de la inspección.

Asimismo, los inspectores observaron que para el producto «Fentanilo HLB 0.05 mg /ml por 5 ml, lote 31202», el que está en el medio de la causa judicial que surgió tras la muerte de varios pacientes, los movimientos informáticos del sistema de ingreso utilizado por la firma no eran coincidentes con la documentación de procedencia.

Así, la búsqueda del lote 31202 en el sistema informático arrojó un total de 64.400 unidades ingresadas y un egreso de 50.000 unidades hacia el Consejo Provincial de Salud Pública de la Provincia de Río Negro y 14.400 unidades a Unidad de Compras e Insumos Medicinales. A su vez, entre varias irregularidades, se constató, para los productos verificados en el stock del establecimiento, que no eran coincidentes las unidades físicas con las registradas en sistema informático.

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Cristina Kroll
Fundadora y Directora [email protected]

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