Las etiquetas de los productos masivos vuelven a primer plano. Ahora desde el Poder Ejecutivo se creó el Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas -SIFIRE- a fin de reducir los errores y confusiones en las diferentes presentaciones de los ítems que son similares a otros. Las empresas de higiene y perfumería están alcanzadas por la medida.

Las empresas de Consumo Masivo siguen apilando nuevas normativas que cumplimentar. Después del recientemente creado SIPRE, ahora la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, que tiene al frente a Paula Español, le dio forma al Sistema de Fiscalización de Rótulos y EtiquetasSIFIRE-.

La herramienta apunta prevenir cualquier afectación en la veracidad o precisión de la información contenida en los rótulos o etiquetas de diferentes tipos de productos de consumo masivo. La medida incluye a distintos rubros, tales como alimentos, bebidas, perfumería, aseo, cuidado personal y limpieza. Ver comunicado

De acuerdo a la resolución 283 publicada hoy en el Boletín Oficial, el nuevo mecanismo de control funcionará bajo la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores SSADC– y se aplicará a partir de los 30 días corridos de entrada en vigencia de la resolución. Todo a fin de «reducir errores o confusiones en las nuevas presentaciones de productos que difieren nula o mínimamente de otros ya comercializados, especialmente en aquellos de carácter esencial». Ver Boletín Oficial. 

Para obtener la aprobación, las empresas deberán ingresar la documentación específica de sus productos a través de la plataforma Trámite A Distancia TAD– . Entre los datos, tendrá que especificarse: gráfico a colores del rótulo y etiqueta para sus presentaciones; datos del importador/fabricante; materias primas, aditivos, métodos de elaboración y fraccionamiento o envasado, país de origen, e indicaciones para su consumo.

Luego, esta documentación -en carácter de declaración jurada– será tratada de forma reservada por la SSADC que contará con un plazo de 10 días hábiles administrativos para analizarla y presentar su respuesta de conformidad. De esta forma, se explica, «se busca evitar los vacíos informativos y los mensajes con expresiones ambiguas o incompletas que induzcan a una decisión de compra equivocada«.

En caso de no cumplir con el SIFIRE, los actores involucrados estarán suscritos a las sanciones previstas en la ley Nro. 24.240. Las mismas pueden alcanzar los $5 millones (u$s 51.2 mil). También coexiste el decreto Nro. 274/19, que estipula hasta 10 millones de Unidades Móviles (que actualmente representan $550 millones) en multas.

En esta segunda mitad de marzo, la Secretaría de Comercio Interior le dio forma al Sistema Informativo para la Implementación de Políticas de Reactivación Económica SIPRE-. Como consecuencia, las firmas de perfumería, higiene, cuidado personal y domisanitarios, entre otras, que quedaron encuadradas en este sistema deberán informar sus precios vigentes y las unidades –stocks– vendidas de todos sus ítems. Ver artículo SIPRE.

u$s 1 = $97,63 (Cotización BCRA al miércoles 31/03/2021 – 11hs)

Higiene y perfumería con control del SIPRE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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